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I.6o.C.25 KTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común

SUSPENSION DEFINITIVA. ES IMPROCEDENTE LA, CUANDO UN TERCERO EXTRAÑO AL PROCEDIMIENTO NO ACREDITA CON MEDIO DE PRUEBA ALGUNO QUE SE CUMPLE CON EL REQUISITO ESTABLECIDO POR LA FRACCION III DEL ARTICULO 124 DE LA LEY DE AMPARO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Septiembre de 1996; Pág. 752

Precedentes

Amparo en revisión 1816/96. Supercosas de la Merced, S.A. de C.V. 5 de septiembre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique R. García Vasco. Secretario: Ramón Arturo Escobedo Ramírez.

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