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III.5o.A. J/10 (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa, Común

REVISIÓN FISCAL Y AMPARO DIRECTO PROMOVIDOS SIMULTÁNEAMENTE CONTRA LA MISMA SENTENCIA. POR REGLA GENERAL, EL ESTUDIO DE AQUEL RECURSO ES PREFERENTE A LAS CUESTIONES DE CONSTITUCIONALIDAD PLANTEADAS EN EL JUICIO CONSTITUCIONAL.

[J]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 54, Mayo de 2018; Tomo III; Pág. 2316

Precedentes

Revisión administrativa (Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo) 152/2015. Administrador Local Jurídico de Zapopan, en representación del Secretario de Hacienda y Crédito Público, del Jefe del Servicio de Administración Tributaria y de la autoridad demandada. 28 de abril de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Juan José Rosales Sánchez. Secretaria: Karla Lizet Rosales Márquez. Revisión administrativa (Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo) 33/2016. Administradora Desconcentrada Jurídica de Jalisco "1", en representación del Secretario de Hacienda y Crédito Público, del Jefe del Servicio de Administración Tributaria y de la autoridad demandada. 23 de junio de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Juan José Rosales Sánchez. Secretaria: Karla Lizet Rosales Márquez. Revisión administrativa (Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo) 50/2016. Subadministrador Desconcentrado Jurídico de la Administración Desconcentrada Jurídica de Jalisco "2", en representación del Secretario de Hacienda y Crédito Público. 29 de septiembre de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Juan José Rosales Sánchez. Secretaria: Karla Lizet Rosales Márquez. Revisión administrativa (Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo) 173/2016. Administradora Desconcentrada Jurídica de Jalisco "1", en representación del Secretario de Hacienda y Crédito Público. 28 de septiembre de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Juan José Rosales Sánchez. Secretaria: Karla Lizet Rosales Márquez. Revisión administrativa (Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo) 33/2017. Administrador Desconcentrado Jurídico de Jalisco "2", en representación del Secretario de Hacienda y Crédito Público. 11 de enero de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: Juan José Rosales Sánchez. Secretaria: Karla Lizet Rosales Márquez. Nota: Por ejecutoria del 12 de noviembre de 2025, el Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Sur, con residencia en la Ciudad de México declaró inexistente la contradicción de criterios 64/2025, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, en virtud de que "cada uno de los tribunales contendientes al emitir los criterios materia de la contradicción partió de elementos normativos y fácticos distintos, que no son comparables y, por ende, impiden encontrar un punto de toque o elemento común, a partir del cual se pueda entrelazar algún ejercicio interpretativo."

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