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V.3o.C.T.9 C (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Civil, Común

PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD. LA EXCEPCIÓN PREVISTA EN EL ÚLTIMO PÁRRAFO DE LA FRACCIÓN XVIII DEL ARTÍCULO 61 DE LA LEY DE AMPARO, SE ACTUALIZA CUANDO LA RECURRIBILIDAD DEL AUTO RECLAMADO ES INCIERTA, EN VIRTUD DE LA ANTINOMIA EXISTENTE ENTRE LOS ARTÍCULOS 158 Y 367 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE SONORA, EN RELACIÓN CON LA PROCEDENCIA DE LA REVOCACIÓN CONTRA LOS AUTOS QUE NO ADMITAN RECURSO POR DISPOSICIÓN EXPRESA.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 54, Mayo de 2018; Tomo III; Pág. 2740

Precedentes

Queja 22/2018. María Guadalupe Guevara López. 26 de marzo de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Blanco Quihuis. Secretario: Germán Gutiérrez León. Nota: Los Magistrados integrantes del Tercer Tribunal Colegiado en Materias Civil y  de Trabajo del Quinto Circuito, al resolver los amparos en revisión 51/2021 y 54/2021 en sesión de 7 de octubre de 2021, determinaron dejar constancia de que se apartan del criterio contenido en esta tesis.