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PC.IV.L. J/19 L (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoLaboral

PENSIÓN DE VIUDEZ. LA PERSONA BENEFICIARIA DE UN PENSIONADO FALLECIDO TIENE LEGITIMACIÓN EN LA CAUSA PARA IMPUGNAR EL NÚMERO DE SEMANAS Y EL SALARIO DE COTIZACIÓN CON LOS QUE SE OTORGÓ LA PENSIÓN DE ORIGEN (INVALIDEZ, VEJEZ O CESANTÍA EN EDAD AVANZADA).

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 55, Junio de 2018; Tomo III; Pág. 2140

Precedentes

Contradicción de tesis 5/2017. Entre las sustentadas por el Tercer y el Cuarto Tribunales Colegiados, ambos en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito. 24 de abril de 2018. Mayoría de tres votos de los Magistrados Sergio Ibarra Valencia y Alejandro Alberto Albores Castañón y de la Magistrada María Isabel González Rodríguez. Disidente y Ponente: Víctor Pedro Navarro Zárate. Encargado del engrose: Sergio Ibarra Valencia. Secretario: Ramón Zúñiga Vera. Criterios contendientes: El sustentado por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, al resolver el amparo directo 158/2017, y el diverso sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, al resolver el amparo directo 1653/2016.

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