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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/2017501

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 15 de enero de 2026, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró sin materia la contradicción de criterios 122/2023, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis.

XVII.1o.C.T.42 K (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común
Registro digital (IUS)
2017501
Clave de tesis
XVII.1o.C.T.42 K (10a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
10a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común
Fuente
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 57, Agosto de 2018; Tomo III; Pág. 3025
Publicación
2018-08-03

QUEJA CONTRA LA AUTORIDAD RESPONSABLE POR LA OMISIÓN O INDEBIDA TRAMITACIÓN DE LA DEMANDA DE AMPARO DIRECTO. EL TERCERO INTERESADO TIENE LEGITIMACIÓN PARA PROMOVERLA.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 57, Agosto de 2018; Tomo III; Pág. 3025

Precedentes

Queja 39/2018. Diego Chávez Salvídrez. 17 de mayo de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: Gerardo Torres García. Secretaria: Deanna Paola Quezada López. Nota: Por ejecutoria del 15 de enero de 2026, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró sin materia la contradicción de criterios 122/2023, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis.

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Registro digital (IUS): 2017501 · Publicación: 2018-08-03