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V.1o.15 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION. ARTICULO 64 (DEROGADO A PARTIR DEL PRIMERO DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO). ES PROCEDENTE SU APLICACION CUANDO EL CONTRIBUYENTE ADQUIRIO LOS DERECHOS CONTENIDOS EN TAL PRECEPTO DURANTE SU VIGENCIA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Julio de 1996; Pág. 379

Precedentes

Amparo en revisión 20/96. Distribuidora Mercantil de Nogales, S.A. 14 de marzo de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Pablo Domínguez Peregrina. Secretario: Gregorio Moisés Durán Alvarez. Notas: Por ejecutoria de fecha 15 de octubre de 1999, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 32/99 en que participó el presente criterio. Por ejecutoria de fecha 13 de marzo de 2001, la Segunda Sala declaró improcedente la contradicción de tesis 7/2001-SS en que participó el presente criterio.

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