Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
I.5o.P.25 K (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común

RECUSACIÓN. LA DETERMINACIÓN QUE DECLARA INFUNDADO EL INCIDENTE RELATIVO CONSTITUYE UN ACTO DE IMPOSIBLE REPARACIÓN QUE AFECTA DERECHOS SUSTANTIVOS, POR LO QUE EN SU CONTRA PROCEDE EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO (INTERPRETACIÓN CONFORME DE LA LEY DE AMPARO VIGENTE A PARTIR DEL 3 DE ABRIL DE 2013).

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 64, Marzo de 2019; Tomo III; Pág. 2777

Precedentes

Amparo en revisión 61/2018. 29 de junio de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco Javier Teodoro Arcovedo Montero. Secretaria: Sandra Gabriela Mora Huerta. Nota: Por ejecutoria del 21 de agosto de 2019, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 174/2019 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva. Por ejecutoria del 28 de abril de 2021, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de criterios 208/2020, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis. Por ejecutoria del 26 de mayo de 2021, la Segunda Sala declaró inexistente contradicción de tesis 47/2021, al considerar que la decisión a la que arribó este Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito partió de valorar ciertos aspectos que no fueron analizados por los demás órganos contendientes.

→ Más tesis en materia común