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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/2020245

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: La parte conducente de la ejecutoria relativa a la contradicción de tesis 135/2011 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XVII, Tomo 1, febrero de 2013, página 521, registro digital: 24231.

VI.2o.C.75 C (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Civil, Común
Registro digital (IUS)
2020245
Clave de tesis
VI.2o.C.75 C (10a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
10a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil, Común
Fuente
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 68, Julio de 2019; Tomo III; Pág. 2114
Publicación
2019-07-05

DIVORCIO INCAUSADO O SIN EXPRESIÓN DE CAUSA. PARA EFECTOS DE LA PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO DIRECTO, LA ÚLTIMA RESOLUCIÓN QUE CONSTITUYE LA SENTENCIA DEFINITIVA, ES AQUELLA QUE RESUELVA EL ÚLTIMO TEMA PENDIENTE EN ESE PROCEDIMIENTO JURISDICCIONAL.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 68, Julio de 2019; Tomo III; Pág. 2114

Precedentes

Amparo directo 164/2018. 7 de marzo de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Armando Pallares Valdez. Secretario: Hugo Hernández Jiménez. Nota: La parte conducente de la ejecutoria relativa a la contradicción de tesis 135/2011 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XVII, Tomo 1, febrero de 2013, página 521, registro digital: 24231.

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Registro digital (IUS): 2020245 · Publicación: 2019-07-05