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XIX.1o.P.T. J/4 (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaT.C.C.Laboral

TRIBUNAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE TAMAULIPAS. ES COMPETENTE PARA CONOCER DE LOS CONFLICTOS LABORALES SUSCITADOS ENTRE EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO SERVICIOS DE SALUD DE ESA ENTIDAD Y SUS TRABAJADORES.

[J]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 68, Julio de 2019; Tomo III; Pág. 2095

Precedentes

Conflicto competencial 41/2018. Suscitado entre el Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios y la Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje, ambos con residencia en Ciudad Victoria, Tamaulipas. 26 de febrero de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Daniel Ricardo Flores López. Secretaria: Patricia Martínez Meléndez. Conflicto competencial 23/2019. Suscitado entre el Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios y la Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje, ambos con residencia en Ciudad Victoria, Tamaulipas. 29 de marzo de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Holder Gómez. Secretaria: Blanca Zulema García Cruz. Conflicto competencial 53/2019. Suscitado entre el Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios y la Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje, ambos con residencia en Ciudad Victoria, Tamaulipas. 29 de marzo de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Holder Gómez. Secretario: Arnoldo Sandoval Reséndez. Conflicto competencial 12/2019. Suscitado entre la Junta Especial Número Ocho de la Local de Conciliación y Arbitraje y el Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios, ambos con residencia en Ciudad Victoria, Tamaulipas. 29 de marzo de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Daniel Ricardo Flores López. Secretario: José Alberto Velasco Ruiz. Conflicto competencial 9/2019. Suscitado entre el Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios y la Junta Especial Número Ocho de la Local de Conciliación y Arbitraje, ambos con residencia en Ciudad Victoria, Tamaulipas. 29 de marzo de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Daniel Ricardo Flores López. Secretaria: María Guadalupe Chávez Montiel. Nota: La tesis de jurisprudencia 2a./J. 130/2016 (10a.) citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 11 de noviembre de 2016 a las 10:22 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 36, Tomo II, noviembre de 2016, página 1006. Por ejecutoria del 24 de marzo de 2021, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inexistente la contradicción de tesis 256/2020, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, en virtud de que si bien los órganos jurisdiccionales contendientes analizaron un mismo tema jurídico relativo a la determinación sobre el órgano jurisdiccional competente para conocer de los conflictos entre los organismos públicos descentralizados estatales y sus trabajadores, lo cierto es que, interpretaron normas jurídicas cuyo contenido es diverso, lo cual constituyó un factor determinante en tanto que esa diferencia influyó para resolver el problema jurídico planteado.