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I.1o.A.220 A (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
Registro digital (IUS)
2020426
Clave de tesis
I.1o.A.220 A (10a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
10a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Administrativa
Fuente
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 69, Agosto de 2019; Tomo IV; Pág. 4643
Publicación
2019-08-16

REVISIÓN FISCAL. PARA DETERMINAR LA PROCEDENCIA DE ESE RECURSO POR RAZÓN DE LA CUANTÍA, DEBE ATENDERSE ÚNICAMENTE AL IMPORTE DEL NEGOCIO SOBRE EL QUE RECAYÓ LA DECLARATORIA DE NULIDAD.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 69, Agosto de 2019; Tomo IV; Pág. 4643

Precedentes

Revisión administrativa (Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo) 440/2018. Jefe de Servicios Jurídicos de la Delegación Sur de la Ciudad de México del Instituto Mexicano del Seguro Social. 23 de noviembre de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: Joel Carranco Zúñiga. Secretario: Rodrigo González García. Revisión administrativa (Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo) 204/2019. Jefe de Servicios Jurídicos de la Delegación Sur de la Ciudad de México del Instituto Mexicano del Seguro Social. 5 de junio de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Ronzon Sevilla. Secretaria: Ana Margarita Mejía García. Nota: En relación con el alcance de la presente tesis, destaca la diversa jurisprudencial 2a./J. 36/95, de rubro: "REVISIÓN FISCAL. BASES PARA DETERMINAR SU PROCEDENCIA, POR RAZÓN DE CUANTÍA.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo II, agosto de 1995, página 191.

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Registro digital (IUS): 2020426 · Publicación: 2019-08-16