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III.3o.T.50 L (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Laboral

VIOLACIÓN DE NATURALEZA FORMAL. LA CONSTITUYE LA OMISIÓN DE LA JUNTA DE NO TENER A LA VISTA COMO HECHO NOTORIO, AL CALIFICAR EL OFRECIMIENTO DE TRABAJO, EL EXPEDIENTE DE UN DIVERSO JUICIO LABORAL ANUNCIADO POR EL TRABAJADOR, EN EL QUE CONSTA QUE ANTERIORMENTE FUE REINSTALADO.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 70, Septiembre de 2019; Tomo III; Pág. 2270

Precedentes

Amparo directo 871/2017. Francisco Javier Ríos Rodríguez. 6 de septiembre de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: Julio Ramos Salas. Secretario: Salvador Ortiz Conde. Amparo directo 504/2017. José Argel Mújica Anaya. 27 de septiembre de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: Julio Ramos Salas. Secretario: Salvador Ortiz Conde. Nota: La parte conducente de la ejecutoria relativa a la contradicción de tesis 1/2015 y la tesis de jurisprudencia 2a./J. 111/2015 (10a.) citadas, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 11 de septiembre de 2015 a las 11:00 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 22, Tomo I, septiembre de 2015, páginas 512 y 546, registros digitales: 25823 y 2009935, respectivamente.

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