I.3o.C.367 C (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Civil
CONTINENCIA DE LA CAUSA INDIVISIBLE. SE CONFIGURA CUANDO LAS ACCIONES EJERCIDAS DERIVAN DE UN MISMO HECHO GENERADOR.
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 71, Octubre de 2019; Tomo IV; Pág. 3483
Si en una misma demanda se exige la terminación del arrendamiento sustentada en la falta del objeto alquilado, que es el mismo al que se refiere la póliza de seguro que cubre por robo total la cosa asegurada, cuyo cumplimiento forzoso se exige a la institución aseguradora; entonces, es inconcuso que entre ambas acciones se configura una continencia de la causa indivisible, pues parten de un mismo hecho generador.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 902/2018. Lauro Cruz Díaz. 30 de enero de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Sofía Verónica Ávalos Díaz. Secretario: Víctor Hugo Solano Vera.