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PC.II.A. J/26 A (10a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos de CircuitoAdministrativa

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO (UAEM). SU RECTOR ESTÁ FACULTADO PARA EMITIRLO (ANÁLISIS CON PERSPECTIVA DE GÉNERO).

[J]; 11a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 2, Junio de 2021; Tomo IV; Pág. 3820

Precedentes

Contradicción de tesis 1/2020. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito y el Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, en apoyo del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito. 6 de abril de 2021. Mayoría de cuatro votos de las Magistradas y los Magistrados Adela Domínguez Salazar (presidenta), Maurilio Gregorio Saucedo Ruiz, Víctor Manuel Estrada Jungo (quien formuló voto concurrente) y Verónica Judith Sánchez Valle. Disidente: José Manuel Torres Ángel. Ponente: Adela Domínguez Salazar. Secretario: Jorge Guadalupe Mejía Sánchez. Tesis y criterio contendientes: El Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, al resolver el amparo en revisión 339/2018 (cuaderno auxiliar 89/2019), el cual dio origen a la tesis aislada (II Región) 1o.6 A (10a.), de título y subtítulo: “PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO. EL ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE, AL SER EMITIDO POR EL RECTOR DE DICHA CASA DE ESTUDIOS Y TENER INJERENCIA EN LA ACTIVIDAD DE LOS ALUMNOS Y EL PERSONAL ACADÉMICO, VIOLA EL SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIA NORMATIVA INTERNO Y, EN CONSECUENCIA, EL ARTÍCULO 3o., FRACCIÓN VII, EN RELACIÓN CON LOS DIVERSOS 14 Y 16 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.”, publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 20 de septiembre de 2019 a las 10:29 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 70, Tomo III, septiembre de 2019, página 2196, con número de registro digital: 2020639, y El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, al resolver los amparos en revisión 36/2019 y 346/2019. Nota: En términos del artículo 44, último párrafo, del Acuerdo General 52/2015, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma, adiciona y deroga disposiciones del similar 8/2015, relativo a la integración y funcionamiento de los Plenos de Circuito, esta tesis forma parte del engrose relativo a la contradicción de tesis 1/2020, resuelta por el Pleno en Materia Administrativa del Segundo Circuito. Las tesis aisladas P. XX/2015 (10a.) y 1a. XCIX/2014 (10a.) citadas, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación de los viernes 25 de septiembre de 2015 a las 10:30 horas y 7 de marzo de 2014 a las 10:18 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libros 22, Tomo I, septiembre de 2015, página 235 y 4, Tomo I, marzo de 2014, página 524, con números de registro digital: 2009998 y 2005794, respectivamente.