Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
VIII.2o.C.T. J/2 K (10a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaT.C.C.Común

AGRAVIOS INOPERANTES. LO SON LOS QUE SOSTIENEN QUE LOS JUZGADORES DE AMPARO TRANSGREDEN DERECHOS HUMANOS O FUNDAMENTALES, SOLAMENTE EN ESE ASPECTO.

[J]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 2, Junio de 2021; Tomo V; Pág. 4833

Precedentes

Queja 103/2019. 20 de junio de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Gabriel Olvera Corral. Secretaria: Luz Adriana Campos Acosta. Amparo en revisión 197/2019. 5 de diciembre de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Néstor Merced Guerrero Morales, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado, en términos de los artículos 26, párrafo segundo y 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con el diverso 40, fracción V, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; y reforma y deroga diversas disposiciones de otros acuerdos generales. Secretario: José Guadalupe Aguilar Alatorre. Amparo en revisión 361/2019. 25 de junio de 2020. Unanimidad de votos. Ponente: María Elena Recio Ruiz. Secretario: Luis González Bardán. Amparo en revisión 34/2020. 2 de julio de 2020. Unanimidad de votos. Ponente: María Elena Recio Ruiz. Secretario: Luis González Bardán. Amparo en revisión 355/2019. 11 de febrero de 2021. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Gabriel Olvera Corral. Secretaria: Luz Adriana Campos Acosta. Nota: En relación con el alcance de la presente tesis, destaca la diversa jurisprudencial P./J. 2/97, de rubro: "AGRAVIOS INOPERANTES. LO SON LOS QUE SOSTIENEN QUE LOS JUZGADORES DE AMPARO VIOLAN GARANTÍAS INDIVIDUALES, SOLAMENTE EN ESE ASPECTO.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo V, enero de 1997, página 5, con número de registro digital: 199492.