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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/2024002

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 14 de agosto de 2025, el Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México declaró inexistente la contradicción de criterios 21/2025, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al considerar que "no es posible estimar configurada la contradicción de criterios denunciada, pues si bien en ambos asuntos se argumentó la ausencia de firmas en el acta de sesión en la que se resolvió el recurso de inconformidad, en cada caso se examinaron aspectos distintos en torno a ese tópico."

VIII.1o.P.A.2 A (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
Registro digital (IUS)
2024002
Clave de tesis
VIII.1o.P.A.2 A (11a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
11a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Administrativa
Fuente
[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Enero de 2022; Tomo IV; Pág. 3061
Publicación
2022-01-07

RECURSO DE INCONFORMIDAD PREVISTO EN EL ARTÍCULO 294 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL. EL ACTA DE SESIÓN EN LA QUE SE APRUEBA EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN RELATIVO, DEBE FIRMARSE POR LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO CONSULTIVO DELEGACIONAL DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS) Y CERTIFICARSE POR SU SECRETARIO.

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Enero de 2022; Tomo IV; Pág. 3061

Precedentes

Amparo directo 46/2021. 7 de octubre de 2021. Unanimidad de votos. Ponente: Miguel Ángel Álvarez Bibiano. Secretario: Arturo Sergio Puente Maycotte. Nota: Por ejecutoria del 14 de agosto de 2025, el Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México declaró inexistente la contradicción de criterios 21/2025, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al considerar que "no es posible estimar configurada la contradicción de criterios denunciada, pues si bien en ambos asuntos se argumentó la ausencia de firmas en el acta de sesión en la que se resolvió el recurso de inconformidad, en cada caso se examinaron aspectos distintos en torno a ese tópico."

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Registro digital (IUS): 2024002 · Publicación: 2022-01-07