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1a. II/2022 (10a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaS.C.J.N.Civil, Constitucional

MULTA COMO MEDIDA DE APREMIO EN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. LA ESTABLECIDA EN EL ARTÍCULO 1067 BIS, FRACCIÓN II, DEL CÓDIGO DE COMERCIO, NO VULNERA EL PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA.

[TA]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Enero de 2022; Tomo II; Pág. 1033

Precedentes

Amparo en revisión 487/2020. Big Home, S.A. de C.V. y otro. 10 de marzo de 2021. Cinco votos de las Ministras Norma Lucía Piña Hernández, quien está con el sentido, pero con salvedad en las consideraciones, y Ana Margarita Ríos Farjat, y los Ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Ponente: Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo. Secretario: Jorge Arriaga Chan Temblador.