II.4o.P.32 P (10a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Penal
DELITOS SEXUALES COMETIDOS CONTRA MENORES DE EDAD. EL USO DE LA TERMINOLOGÍA CORRECTA SOBRE SUS GENITALES, POR PARTE DE LOS PADRES Y MAESTROS QUE LOS EDUQUEN, COADYUVA A SU PREVENCIÓN.
[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 12, Abril de 2022; Tomo IV; Pág. 2701
Hechos: Una niña de ocho años víctima de abuso sexual, al declarar sobre los hechos que acontecieron mientras tenía cinco, dijo que el activo le había tocado su "vulva" –término que dijo aprendió en la escuela–. La defensa alega que dicho vocablo no es propio de una niña de su edad y presume aleccionamiento.
Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el elevado número de casos de delitos sexuales cometidos contra menores de edad, torna importante que los padres y maestros que los eduquen identifiquen y definan con la denominación correcta sus genitales, para prevenir la comisión de conductas sexuales ilícitas en su contra.
Justificación: Si una menor de edad víctima de agresión sexual indica que el activo tocó sus partes íntimas y utiliza la terminología correcta, específicamente, el concepto "vulva" –que dijo aprender en la escuela– refiriéndose a su área genital, ello no demerita su dicho ni implica aleccionamiento, cuando de las pruebas se advierte que al momento de declarar ya había sido evaluada por al menos tres psicólogos y había tomado terapia por varios meses, pues ello le permite explicar el evento de forma más precisa e identificar sus emociones al ser direccionada psicológicamente, lo que es distinto a que esté manipulada o aleccionada para mentir, pues ya es capaz de reconocer e identificar el evento delictivo y las consecuencias que éste le produjo. Sobre este tema no se desconoce la elevada frecuencia de casos de abuso sexual contra menores de edad, por lo que se estima importante que los padres y maestros que los eduquen usen la terminología correcta sobre sus genitales, precisamente para que los menores de edad cuenten con herramientas para identificar y prevenir dichas conductas ilícitas cometidas en su perjuicio.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 97/2020. 10 de diciembre de 2020. Unanimidad de votos. Ponente: Irma Rivero Ortiz de Alcántara. Secretario: José Trejo Martínez.