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1a. XXIV/2022 (10a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional

COMPENSACIÓN SUBSIDIARIA EN LA REPARACIÓN INTEGRAL DEL DAÑO. EL ARTÍCULO 68 DE LA LEY GENERAL DE VÍCTIMAS, QUE PREVÉ COMO REQUISITO PARA SU OTORGAMIENTO QUE EL DELITO COMETIDO AMERITE PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA, NO VIOLA LOS DERECHOS FUNDAMENTALES A UNA REPARACIÓN INTEGRAL DEL DAÑO Y A LA IGUALDAD, NI EL PRINCIPIO DE SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL.

[TA]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 19, Noviembre de 2022; Tomo II; Pág. 1605

Precedentes

Amparo en revisión 312/2020. Guadalupe del Socorro Burgos Chan. 3 de febrero de 2021. Mayoría de cuatro votos de los Ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien reservó su derecho para formular voto concurrente, y la Ministra Ana Margarita Ríos Farjat. Disidente: Ministra Norma Lucía Piña Hernández, quien reservó su derecho para formular voto particular relacionado con la improcedencia del recurso. Ponente: Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo. Secretaria: Alexandra Valois Salazar.

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