XV.4o.1 A (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
RECURSO DE REVISIÓN FISCAL. PARA DETERMINAR LA OPORTUNIDAD EN SU PRESENTACIÓN DEBE CONSIDERARSE LA FECHA DE DEPÓSITO EN LA OFICINA DE CORREOS DE MÉXICO, CONTENIDA EN LA GUÍA DE MENSAJERÍA CON SELLO ORIGINAL.
[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 21, Enero de 2023; Tomo VI; Pág. 6647
Hechos: Una autoridad interpuso recurso de revisión fiscal contra la resolución emitida por la Sala Regional del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el cual fue desechado por el presidente del Tribunal Colegiado de Circuito por extemporáneo, al considerar como fecha de presentación la anotada con lápiz en la copia al carbón de la forma postal de Mex-Post presentada en la oficina de Correos de México, que indica un día posterior al del vencimiento del término para su interposición. Inconforme, aquélla interpuso recurso de reclamación y para demostrar que el recurso fue oportuno acompañó la guía con sello original de recibo en la oficina postal el último día del término que tenía para interponerlo, conforme al artículo 63 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito establece que para determinar la oportunidad en la presentación del recurso de revisión fiscal debe considerarse la fecha de depósito en la oficina de Correos de México, contenida en la guía de mensajería con sello original.
Justificación: Lo anterior, porque para dictar el acuerdo recurrido en el que se desechó por extemporáneo el recurso de revisión fiscal, se tomó en cuenta el sobre o pieza postal en el que aparece el sello del destinatario y con lápiz la fecha y hora de depósito, pues fue el que envió la Sala Fiscal; sin embargo, la guía postal ofrecida como prueba en el recurso de reclamación, la cual tiene valor probatorio pleno de conformidad con los artículos 197 y 202 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, en relación con los preceptos 27, 42, 44 y 45 de la Ley del Servicio Postal Mexicano, tiene el sello original con fecha anterior, con lo que se concluye que dicho recurso se presentó dentro del plazo previsto en el artículo 63 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO.
Precedentes
Recurso de reclamación 3/2022. Director de Asuntos Jurídicos del Organismo de Cuenca Península de Baja California de la Comisión Nacional del Agua. 24 de marzo de 2022. Unanimidad de votos. Ponente: Susana Magdalena González Rodríguez. Secretario: Ernesto Inguanzo Hernández.