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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/2026013

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: La tesis de jurisprudencia 2a./J. 24/2021 (10a.), de rubro: "TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO POR TIEMPO DETERMINADO. CORRESPONDE AL ESTADO, EN SU CARÁCTER DE EMPLEADOR EQUIPARADO, JUSTIFICAR LA TEMPORALIDAD DE SU NOMBRAMIENTO (LEGISLACIONES BUROCRÁTICA FEDERAL Y DEL ESTADO DE COLIMA)." citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 2 de julio de 2021 a las 10:09 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 3, Tomo II, julio de 2021, página 1797, con número de registro digital: 2023346. Por ejecutoria del 18 de abril de 2024, el Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México, declaró improcedente la contradicción de criterios 67/2024, derivada de

PC.XXV. J/1 L (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos de CircuitoLaboral
Registro digital (IUS)
2026013
Clave de tesis
PC.XXV. J/1 L (11a.)
Tipo
Jurisprudencia
Época
11a. Época
Instancia
Plenos de Circuito
Materia
Laboral
Fuente
[J]; 11a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 22, Febrero de 2023; Tomo III; Pág. 3014
Publicación
2023-02-24

NOMBRAMIENTOS POR TIEMPO DETERMINADO DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DE DURANGO (SUPERNUMERARIOS). APLICABILIDAD DE LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 24/2021 (10a.), SÓLO PARA SUSTENTAR QUE CORRESPONDE AL ESTADO JUSTIFICAR LA TEMPORALIDAD DEL NOMBRAMIENTO, NO LA EXPEDICIÓN DE UNO POR TIEMPO INDEFINIDO, CUANDO NO SE ACREDITE AQUÉLLA.

[J]; 11a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 22, Febrero de 2023; Tomo III; Pág. 3014

Precedentes

Contradicción de criterios 1/2022. Entre los sustentados por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito. 25 de octubre de 2022. Mayoría de tres votos de los Magistrados Leopoldo Hernández Carrillo, Daniel Jáuregui Quintero y Gerardo Torres García. Disidente: Carlos Carmona Gracia. Ponente: Leopoldo Hernández Carrillo. Secretaria: María del Carmen Flores Guerrero. Criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito, al resolver el amparo directo 268/2021, y el diverso sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito, al resolver el amparo directo 325/2021. Nota: La tesis de jurisprudencia 2a./J. 24/2021 (10a.), de rubro: "TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO POR TIEMPO DETERMINADO. CORRESPONDE AL ESTADO, EN SU CARÁCTER DE EMPLEADOR EQUIPARADO, JUSTIFICAR LA TEMPORALIDAD DE SU NOMBRAMIENTO (LEGISLACIONES BUROCRÁTICA FEDERAL Y DEL ESTADO DE COLIMA)." citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 2 de julio de 2021 a las 10:09 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 3, Tomo II, julio de 2021, página 1797, con número de registro digital: 2023346. Por ejecutoria del 18 de abril de 2024, el Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México, declaró improcedente la contradicción de criterios 67/2024, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis.

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Registro digital (IUS): 2026013 · Publicación: 2023-02-24