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1a./J. 51/2023 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Civil, Constitucional

ETAPA CONCILIATORIA EN EL JUICIO ORAL MERCANTIL. LA PROHIBICIÓN CONSISTENTE EN QUE LO EXPRESADO DENTRO DE ESA ETAPA NO PUEDE SER INVOCADO EN UNA DISTINTA FASE DEL PROCEDIMIENTO, NO VULNERA LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DEL DEBIDO PROCESO Y DE ACCESO A LA JUSTICIA.

[J]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 24, Abril de 2023; Tomo II; Pág. 1123

Precedentes

Amparo directo en revisión 7770/2019. Plastimundo, S.A. de C.V. 18 de agosto de 2021. Mayoría de cuatro votos de las Ministras Norma Lucía Piña Hernández y Ana Margarita Ríos Farjat, y los Ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Disidente: Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien formuló voto particular. Ponente: Ministra Presidenta Ana Margarita Ríos Farjat. Secretaria: María Elena Corral Goyeneche. Tesis de jurisprudencia 51/2023 (11a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de veintinueve de marzo de dos mil veintitrés.

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