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1a./J. 94/2023 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Común

AMPARO CONTRA NORMAS GENERALES. SE ACTUALIZA LA CAUSA DE IMPROCEDENCIA RELATIVA A IMPUGNAR NORMAS QUE FUERON CONSENTIDAS, CUANDO SE RECLAMA LA INCONSTITUCIONALIDAD DE UNA NORMA QUE FUE APLICADA PREVIAMENTE EN UN PROCEDIMIENTO DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA RELACIONADA CON LOS MISMOS HECHOS.

[J]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 29, Septiembre de 2023; Tomo II; Pág. 2049

Precedentes

Contradicción de tesis 244/2020. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito y el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito. 21 de septiembre de 2022. Mayoría de cuatro votos de los Ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, y de la Ministra Ana Margarita Ríos Farjat. Disidente: Ministra Norma Lucía Piña Hernández, quien reservó su derecho para formular voto particular. Ponente: Ministra Presidenta Ana Margarita Ríos Farjat. Secretarios: Juan Jaime González Varas y Emma Magnolia Ayala Rivera. Tesis y/o criterios contendientes: El emitido por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, al resolver el amparo en revisión 299/2019, en el que consideró que se había consentido el artículo 75 del Reglamento de la Ley de Hidrocarburos porque ya había sido aplicado en perjuicio del solicitante de amparo en diversos procesos de jurisdicción voluntaria en términos del artículo 105 de la citada ley y, por ende, se actualizaba la causa de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XIV, de la Ley de Amparo; y, El sustentado por el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, al resolver el amparo en revisión 367/2018, en el que determinó que no se actualizaba la causa de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XIV, de la Ley de Amparo respecto del artículo 75 del Reglamento de la Ley de Hidrocarburos porque si bien dicho precepto había sido aplicado anteriormente, lo cierto es que tal aplicación ocurrió en distintos procesos de jurisdicción voluntaria. Tesis de jurisprudencia 94/2023 (11a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de veintiuno de junio de dos mil veintitrés.

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