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PR.C.CN. J/21 C (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos RegionalesCivil

RESOLUCIONES IRRECURRIBLES EN EJECUCIÓN DE SENTENCIA. SON LAS DIRIGIDAS DE FORMA DIRECTA E INMEDIATA A LOGRAR EL CUMPLIMIENTO O LA EJECUCIÓN DE LO DECIDIDO EN LA SENTENCIA DEFINITIVA O RESOLUCIÓN QUE CONSTITUYE COSA JUZGADA (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 1004 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ).

[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 32, Diciembre de 2023; Tomo III; Pág. 3318

Precedentes

Contradicción de criterios 33/2023. Entre los sustentados por los Tribunales Colegiados Primero y Segundo, ambos en Materias Civil y Administrativa del Noveno Circuito. 13 de septiembre de 2023. Tres votos en cuanto al sentido del criterio jurídico, de la Magistrada Hortencia María Emilia Molina de la Puente y de los Magistrados Alejandro Villagómez Gordillo y Abraham Sergio Marcos Valdés, quien votó en contra de las consideraciones y formuló voto concurrente. Ponente: Magistrado Alejandro Villagómez Gordillo. Secretario: Ramiro Ignacio López Muñoz. Criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Noveno Circuito, al resolver el amparo en revisión 384/2021, y el diverso sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Noveno Circuito, al resolver el amparo en revisión 206/2021. Nota: Esta tesis forma parte del engrose relativo a la contradicción de criterios 33/2023, resuelta por el Pleno Regional en Materia Civil de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México.

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