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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: La tesis de jurisprudencia 2a./J. 17/2015 (10a.) citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 10 de abril de 2015 a las 9:30 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 17, Tomo I, abril de 2015, página 699, con número de registro digital: 2008806. De la sentencia que recayó al amparo directo 877/2022 (cuaderno auxiliar 178/2023), resuelto por el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, derivó la tesis aislada (IV Región) 2o.14 L (11a.), de rubro: "CONVENIO DE TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL SANCIONADO POR UNA JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE. LA ACCIÓN POR LA QUE SE SOLICITA SU NULIDAD AL ADUCIRSE RENUNCIA DE D

PR.L.CS. J/65 L (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos RegionalesLaboral
Registro digital (IUS)
2028234
Clave de tesis
PR.L.CS. J/65 L (11a.)
Tipo
Jurisprudencia
Época
11a. Época
Instancia
Plenos Regionales
Materia
Laboral
Fuente
[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 34, Febrero de 2024; Tomo II; Pág. 1805
Publicación
2024-02-23

ACCIÓN DE NULIDAD DE UN CONVENIO SANCIONADO POR LA AUTORIDAD LABORAL. EL JUEZ ESTÁ FACULTADO PARA EXAMINAR DE OFICIO, EN EL ACUERDO INICIAL, SU PROCEDENCIA.

[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 34, Febrero de 2024; Tomo II; Pág. 1805

Precedentes

Contradicción de criterios 148/2023. Entre los sustentados por los Tribunales Colegiados Segundo de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, y Sexto en Materia de Trabajo del Tercer Circuito. 3 de enero de 2024. Tres votos de la Magistrada Rosa María Galván Zárate y de los Magistrados José Luis Caballero Rodríguez y Emilio González Santander. Ponente: Magistrado José Luis Caballero Rodríguez. Secretario: José Luis Ruiz Muñoz. Criterios contendientes: El sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, al resolver el amparo directo 877/2022 (cuaderno auxiliar 178/2023), y el diverso sustentado por el Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, al resolver el amparo directo 105/2023. Nota: La tesis de jurisprudencia 2a./J. 17/2015 (10a.) citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 10 de abril de 2015 a las 9:30 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 17, Tomo I, abril de 2015, página 699, con número de registro digital: 2008806. De la sentencia que recayó al amparo directo 877/2022 (cuaderno auxiliar 178/2023), resuelto por el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, derivó la tesis aislada (IV Región) 2o.14 L (11a.), de rubro: "CONVENIO DE TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL SANCIONADO POR UNA JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE. LA ACCIÓN POR LA QUE SE SOLICITA SU NULIDAD AL ADUCIRSE RENUNCIA DE DERECHOS Y VICIOS EN EL CONSENTIMIENTO ES IMPROCEDENTE [APLICABILIDAD DE LA TESIS DE JURISPRUDENCIA 2a./J. 17/2015 (10a.)]." publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 1 de septiembre de 2023 a las 10:10 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 29, Tomo V, septiembre de 2023, página 5473, con número de registro digital: 2027078. Por ejecutoria del 19 de junio de 2024, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de criterios 77/2024, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, en virtud de que los criterios contendientes no pueden contraponerse entre sí, debido a las destacadas diferencias que existen en las premisas de las ejecutorias.

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Registro digital (IUS): 2028234 · Publicación: 2024-02-23