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I.6o.C.14 KTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
Registro digital (IUS)
202874
Clave de tesis
I.6o.C.14 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Marzo de 1996; Pág. 883

AMPARO DIRECTO. DEBE SOBRESEERSE EN EL, CUANDO QUIEN LO PROMUEVE ES UNA PERSONA FISICA POR SI MISMA Y EN REPRESENTACION LEGAL DE UNA PERSONA MORAL, SI A LA PRIMERA NO LE AFECTA EN SUS INTERESES JURIDICOS EL ACTO RECLAMADO Y LA SEGUNDA, LO TUVO POR CONSENTIDO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Marzo de 1996; Pág. 883

Precedentes

Amparo directo 26/96. José David Miranda Nava por sí mismo y como representante legal de Tecnosoft, S.A. 15 de febrero de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique R. García Vasco. Secretario: Alfredo Flores Rodríguez.

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