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(IV Región)2o.25 L (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Común, Laboral

LEGITIMACIÓN EN EL RECURSO DE REVISIÓN EN AMPARO. CARECEN DE ÉSTA LAS PERSONAS INTEGRANTES DEL CENTRO FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y REGISTRO LABORAL, PARA INTERPONERLO CONTRA LA SENTENCIA RELATIVA A LOS ACTOS QUE EMITEN EN SU FUNCIÓN CONCILIADORA.

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 43, Noviembre de 2024; Tomo III, Volumen 1; Pág. 1199

Precedentes

Amparo en revisión 101/2023 (cuaderno auxiliar 1037/2023) del índice del Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito, con apoyo del Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave. Subdirectora de Gestión Estatal del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y otra. 23 de noviembre de 2023. Unanimidad de votos. Ponente: Marisol Barajas Cruz. Secretaria: Jamzi Jamed Jiménez. Nota: La presente tesis aborda el mismo tema que las sentencias que fueron objeto de las denuncias relativas a la contradicción de criterios 68/2024, resuelta por el Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Sur, con residencia en la Ciudad de México el 12 de junio de 2024, de la que derivaron las tesis de jurisprudencia PR.P.T.CS. J/13 L (11a.) y PR.P.T.CS. J/12 L (11a.), de rubros: "RECURSO DE REVISIÓN EN AMPARO INDIRECTO. LOS CENTROS DE CONCILIACIÓN LABORAL (LOCALES Y FEDERAL) CARECEN DE LEGITIMACIÓN PARA INTERPONERLO CUANDO LOS ACTOS RECLAMADOS DERIVEN DE SUS FUNCIONES DE CONCILIACIÓN." y "CENTROS DE CONCILIACIÓN LABORAL (LOCALES Y FEDERAL). LAS FUNCIONES QUE REALIZAN EN LA ETAPA PREJUDICIAL DEL PROCEDIMIENTO LABORAL SON MATERIALMENTE JURISDICCIONALES.", respectivamente, así como la contradicción de criterios 79/2024, declarada sin materia por dicho Pleno Regional el 26 de junio de 2024, ya que en la diversa contradicción 68/2024 se definió el punto jurídico a debate.

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