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PR.P.T.CN. J/25 P (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos RegionalesComún, Penal

IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO. SE ACTUALIZA CUANDO SE RECLAMA UNA MEDIDA CAUTELAR IMPUESTA EN CUMPLIMIENTO A UNA SUSPENSIÓN PROVISIONAL OTORGADA CON EFECTOS RESTITUTORIOS.

[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 46, Febrero de 2025; Tomo I, Volumen 1; Pág. 371

Precedentes

Contradicción de criterios 114/2024. Entre los sustentados por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito y el Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito. 9 de agosto de 2024. Tres votos de la Magistrada Emma Meza Fonseca y de los Magistrados Miguel Bonilla López (presidente) y Samuel Meraz Lares. Ponente: Magistrada Emma Meza Fonseca. Encargada del engrose: Magistrada Olga Estrever Escamilla. Secretario: Martín Muñoz Ortiz. Tesis y/o criterios contendientes: El Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito, al resolver los amparos en revisión 33/2023, 571/2022, 202/2023, 190/2023 y 298/2023, los cuales dieron origen a la tesis de jurisprudencia XXII.P.A. J/3 P (11a.), de rubro: "PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA. ES IMPROCEDENTE EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO CONTRA LA DIVERSA MEDIDA CAUTELAR IMPUESTA EN CUMPLIMIENTO A LA SUSPENSIÓN OTORGADA EN SU CONTRA CON EFECTOS RESTITUTORIOS DE TUTELA ANTICIPADA, CONFORME A LA TESIS DE JURISPRUDENCIA PR.P.CN. J/13 P (11a.), AL NO SER DEFINITIVA.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 2 de febrero de 2024 a las 10:04 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 34, Tomo V, febrero de 2024, página 4462, con número de registro digital: 2028128, y El sustentado por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, al resolver la queja 84/2024. Nota: La sentencia relativa a la contradicción de criterios 338/2022 y la tesis de jurisprudencia 2a./J. 22/2023 (11a.), de rubro: "SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO CON EFECTOS RESTITUTORIOS. PARÁMETROS QUE DEBE TOMAR EN CUENTA EL JUZGADOR AL ANALIZAR LA POSIBILIDAD DE CONCEDERLA ANTE LA EVENTUALIDAD DE QUE, CON ELLO, SE DEJE SIN MATERIA EL JUICIO DE AMPARO EN LO PRINCIPAL." citadas, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 16 de junio de 2023 a las 10:22 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 26, Tomo V, junio de 2023, páginas 4455 y 4497, con números de registro digital: 31535 y 2026730, respectivamente.

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