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1a./J. 12/2025 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional, Penal

PORTACIÓN DE ARMAS DE USO EXCLUSIVO DEL EJÉRCITO, ARMADA Y FUERZA AÉREA. EL ARTÍCULO 83, PÁRRAFO ÚLTIMO, DE LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS, QUE PREVÉ UNA AGRAVANTE, NO VIOLA EL DERECHO DE REUNIÓN.

[J]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 46, Febrero de 2025; Tomo II, Volumen 1; Pág. 75

Precedentes

Amparo en revisión 251/2024. 3 de julio de 2024. Unanimidad de cuatro votos de los Ministros y las Ministras Loretta Ortiz Ahlf, Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien formuló voto concurrente, Ana Margarita Ríos Farjat y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Ponente: Jorge Mario Pardo Rebolledo, en su ausencia hizo suyo el asunto Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Secretario: Carlos Manuel Baráibar Tovar. Tesis de jurisprudencia 12/2025 (11a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de doce de febrero de dos mil veinticinco.

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