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PR.P.T.CS. J/34 L (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos RegionalesLaboral

AUDIENCIA PRELIMINAR EN EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO LABORAL. NO ES NECESARIO NOTIFICAR PERSONALMENTE EL ACUERDO QUE SEÑALA FECHA PARA SU DESAHOGO CON LOS APERCIBIMIENTOS DE LEY.

[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 47, Marzo de 2025; Tomo II, Volumen 1; Pág. 591

Precedentes

Contradicción de criterios 137/2024. Entre los sustentados por el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito y el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Décimo Circuito. 4 de diciembre de 2024. Tres votos de las Magistradas María Enriqueta Fernández Haggar y Guadalupe Madrigal Bueno, y del Magistrado Héctor Lara González. Ponente: Héctor Lara González. Secretaria: Gladys Eliza González León. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito, al resolver el amparo directo 93/2023, y el diverso sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Décimo Circuito, al resolver los amparos directos 84/2022 y 185/2022. Nota: De la sentencia que recayó al amparo directo 93/2023, resuelto por el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito, derivó la tesis aislada VI.1o.T.14 L (11a.), de rubro: "AUDIENCIA PRELIMINAR EN EL JUICIO LABORAL. LA NOTIFICACIÓN DEL ACUERDO QUE FIJA FECHA Y HORA PARA SU DESAHOGO DEBE REALIZARSE PERSONALMENTE.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 21 de junio de 2024 a las 10:27 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 38, Tomo IV, junio de 2024, página 3923, con número de registro digital: 2029037. De las sentencias que recayeron a los amparos directos 185/2022 y 84/2022, resueltos por el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Décimo Circuito, derivó la tesis aislada X.1o.T.19 L (11a.), de rubro: "AUDIENCIA PRELIMINAR EN EL JUICIO LABORAL. LA NOTIFICACIÓN DEL ACUERDO QUE FIJA FECHA Y HORA PARA SU DESAHOGO PUEDE HACERSE POR BOLETÍN, AUN CUANDO EXISTA APERCIBIMIENTO DE SANCIÓN EN CASO DE INASISTENCIA.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 18 de agosto de 2023 a las 10:26 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 28, Tomo V, agosto de 2023, página 4340, con número de registro digital: 2027003.

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