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II.2o.P.68 P (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Común, Penal

SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN AMPARO INDIRECTO. PROCEDE CON EFECTOS RESTITUTORIOS CUANDO SE RECLAMA QUE LA AUDIENCIA DE REVISIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES SOLICITADA SE FIJÓ EN UNA FECHA EXCESIVAMENTE LEJANA.

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 50, Junio de 2025; Tomo I, Volumen 2; Pág. 1144

Precedentes

Queja 59/2025. 20 de febrero de 2025. Unanimidad de votos. Ponente: Julio César Gutiérrez Guadarrama. Secretaria: Sofía Dávila Estrada. Nota: Por ejecutoria del 22 de enero de 2026, el Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México declaró inexistente la contradicción de criterios 90/2025, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, en virtud de que "no es posible advertir un punto de toque, debido a que los tribunales tuvieron frente a sí cuestiones que denotan discrepancias medulares que generaron estudios desde diversos enfoques conforme a las circunstancias específicas de cada asunto analizado."

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