Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
P./J. 3/2025 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional

DERECHO A LA INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO. LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS LOCALES DEL SECTOR SALUD DEBEN IMPLEMENTAR, DIFUNDIR Y ORGANIZAR LOS SERVICIOS DE SALUD PARA GARANTIZARLO.

[J]; 11a. Época; Pleno; Gaceta S.J.F.; Libro 50, Junio de 2025; Tomo II, Volumen 1; Pág. 37

Precedentes

Contradicción de criterios 110/2024. Entre los sustentados por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito, el Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en Los Mochis, Sinaloa, en auxilio del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito, y el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito. 25 de febrero de 2025. Unanimidad de diez votos de las Ministras y de los Ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Yasmín Esquivel Mossa, en contra de la metodología, Loretta Ortiz Ahlf, con consideraciones adicionales, Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien reservó su derecho de formular voto concurrente, Lenia Batres Guadarrama, Ana Margarita Ríos Farjat, con precisiones, Javier Laynez Potisek, Alberto Pérez Dayán y Norma Lucía Piña Hernández. Ponente: Javier Laynez Potisek. Secretaria: Paula Ximena Méndez Azuela. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito, al resolver el amparo en revisión 195/2023, el sustentado por el Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en Los Mochis, Sinaloa, al resolver los amparos en revisión 105/2023 (cuaderno auxiliar 1019/2023) y 479/2023 (cuaderno auxiliar 1036/2023), y el diverso sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, al resolver el amparo en revisión 35/2023. Nota: Las sentencias relativas a las acciones de inconstitucionalidad 148/2017, 106/2018 y su acumulada 107/2018, y 85/2016 citadas, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación de los viernes 3 de junio de 2022 a las 10:09 horas, 9 de septiembre de 2022 a las 10:18 horas y 16 de agosto de 2024 a las 10:24 horas, y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 14, Tomo II, junio de 2022, página 873, Libro 17, Tomo I, septiembre de 2022, página 1074 y Libro 40, agosto de 2024, Tomo III, Volumen 1, página 55, con números de registro digital: 30665, 30924 y 32649, respectivamente. El Tribunal Pleno, el veintisiete de mayo en curso, aprobó, con el número 3/2025 (11a.), la tesis jurisprudencial que antecede. Ciudad de México, a veintisiete de mayo de dos mil veinticinco.