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2a./J. 34/2025 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa

CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS. EL ARTÍCULO 58, FRACCIÓN I, DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO OBLIGA AL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA A VERIFICAR PRELIMINARMENTE EL INFORME RELATIVO.

[J]; 11a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 52, Agosto de 2025; Tomo II, Volumen 1; Pág. 1214

Precedentes

Contradicción de criterios 183/2024. Entre los sustentados por el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Décimo Tercer Circuito, y el Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, en auxilio del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito. 6 de noviembre de 2024. Cinco votos de los Ministros Yasmín Esquivel Mossa, Luis María Aguilar Morales, Lenia Batres Guadarrama, Javier Laynez Potisek y Alberto Pérez Dayán. Ponente: Lenia Batres Guadarrama. Secretario: César Villanueva Esquivel. Tesis y/o criterios contendientes: El Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, al resolver los amparos en revisión 219/2020 (cuaderno auxiliar 103/2021) y 68/2020 (cuaderno auxiliar 138/2021), los cuales dieron lugar a la tesis aislada (IV Región)1o.9 A (11a.), de rubro: "SENTENCIAS DICTADAS POR EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA. LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NO OBLIGA A LAS SALAS DE DICHO ÓRGANO A VERIFICAR OFICIOSAMENTE SI EN LA RESOLUCIÓN DE CUMPLIMIENTO LA AUTORIDAD DEMANDADA ATENDIÓ SUS EFECTOS, PUES EL PARTICULAR CUENTA CON EL RECURSO DE QUEJA SI CONSIDERA QUE NO FUE ASÍ.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 9 de julio de 2021 a las 10:16 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 3, Tomo II, julio de 2021, página 2444, con número de registro digital: 2023381, y El sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Décimo Tercer Circuito, al resolver el amparo en revisión 85/2023. Tesis de jurisprudencia 34/2025 (11a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de cuatro de junio de dos mil veinticinco.

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