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PR.P.T.CS. J/62 L (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos RegionalesConstitucional, Laboral

PETRÓLEOS MEXICANOS (PEMEX). LA CLÁUSULA 4 DE SU CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO ES INCONSTITUCIONAL, AL NO PERMITIR A LOS TRABAJADORES TEMPORALES OBTENER LA PLANTA, SI SU CONTRATACIÓN DERIVA DE UN MOTIVO DIVERSO A LOS AHÍ ESTABLECIDOS.

[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 52, Agosto de 2025; Tomo III, Volumen 2; Pág. 1233

Precedentes

Contradicción de criterios 59/2025. Entre los sustentados por el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Décimo Circuito y el Tribunal Colegiado del Trigésimo Primer Circuito. 11 de junio de 2025. Tres votos de las Magistradas María Enriqueta Fernández Haggar y Guadalupe Madrigal Bueno, y del Magistrado Juan Wilfrido Gutiérrez Cruz. Ponente: Magistrado Juan Wilfrido Gutiérrez Cruz. Secretaria: Elba Fernanda Vázquez Márquez. Tesis y/o criterios contendientes: El Tribunal Colegiado del Trigésimo Primer Circuito, al resolver el amparo directo 739/2022, así como el amparo directo 125/2022, el cual dio origen a la tesis aislada XXXI.2 L (11a.), de rubro: "TRABAJADORES TRANSITORIOS DE PETRÓLEOS MEXICANOS (PEMEX). LA CLÁUSULA 4 DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, QUE EXCLUYE A LOS PROPUESTOS POR EL SINDICATO DEL DERECHO A SER CONSIDERADOS TRABAJADORES DE PLANTA, ES INCONSTITUCIONAL.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 19 de mayo de 2023 a las 10:24 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 25, Tomo III, mayo de 2023, página 3382, con número de registro digital: 2026483, y El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Décimo Circuito, al resolver el amparo directo 375/2020.