Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
PR.A.C.CN. J/96 A (11a.)Jurisprudencia12a. ÉpocaPlenos RegionalesAdministrativa, Común

SUPLENCIA DE LA QUEJA DEFICIENTE. PROCEDE EN FAVOR DE LAS PERSONAS PENSIONADAS POR JUBILACIÓN (ARTÍCULO 79, FRACCIÓN V, DE LA LEY DE AMPARO).

[J]; 12a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 2, Octubre de 2025; Tomo II, Volumen 1; Pág. 518

Precedentes

Contradicción de criterios 29/2025. Entre los sustentados por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito y el Tercer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en Culiacán, Sinaloa, en auxilio del Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito. 7 de agosto de 2025. Tres votos de la Magistrada Guillermina Coutiño Mata y de los Magistrados Marco Antonio Rodríguez Barajas y Ernesto Martínez Andreu. Ponente: Magistrado Ernesto Martínez Andreu. Secretaria: Ana Laura Santana Valero. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito, al resolver el amparo directo 500/2022, y el diverso sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en Culiacán, Sinaloa, al resolver el amparo directo 13/2022 (cuaderno auxiliar 112/2022).