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PR.P.T.CS. J/7 L (12a.)Jurisprudencia12a. ÉpocaPlenos RegionalesComún, Laboral

SUSPENSIÓN PROVISIONAL CON EFECTOS RESTITUTORIOS. ES INAPLICABLE LA JURISPRUDENCIA PR.L.CS. J/41 L (11a.) CUANDO SE RECLAMA LA OMISIÓN DE RESOLVER EL INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN DE UN LAUDO O SENTENCIAS EN MATERIA DE TRABAJO.

[J]; 12a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Mayo de 2026; Tomo IV, Volumen 1; Pág. 801

Precedentes

Contradicción de criterios 118/2025. Entre los sustentados por los Tribunales Colegiados Primero y Segundo, ambos del Décimo Circuito, y el diverso Segundo en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito. 4 de marzo de 2026. La votación se dividió en dos partes: mayoría de dos votos en cuanto a la existencia de la contradicción de criterios, de las personas Magistradas Vanessa Heidi Nambo Huerta y Antonio Salazar López. Disidente: Rodolfo Alejandro Ramos Santillán, quien formuló voto particular. Unanimidad de votos respecto del fondo, de las personas Magistradas Vanessa Heidi Nambo Huerta, Rodolfo Alejandro Ramos Santillán y Antonio Salazar López. Ponente: Vanessa Heidi Nambo Huerta. Secretario: Steffano Rafaello López Medrano. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, al resolver la queja 504/2025, y el diverso sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, al resolver la queja 71/2024. Nota: Las tesis de jurisprudencia 2a./J. 67/2000, 2a./J. 62/2012 (10a.) y PR.L.CS. J/41 L (11a.) citadas, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XII, agosto de 2000, página 215; Décima Época, Libro X, Tomo 2, julio de 2012, página 962; en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 13 de octubre de 2023 a las 10:23 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 30, Tomo IV, octubre de 2023, página 4400, con números de registro digital: 191323, 2001119 y 2027476, respectivamente.

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