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P./J. 157/2026 (12a.)Jurisprudencia12a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa

PASAPORTE ORDINARIO. LAS LIBERTADES RELIGIOSAS Y DE CONCIENCIA PROTEGEN EL DERECHO A PORTAR EL "HIYAB" O VELO ISLÁMICO EN LA FOTOGRAFÍA DE ESE DOCUMENTO DE IDENTIDAD.

[J]; 12a. Época; Pleno; Semanario Judicial de la Federación

Precedentes

Amparo en revisión 499/2024. 11 de diciembre de 2025. Mayoría de ocho votos de las personas Ministras Sara Irene Herrerías Guerra, Irving Espinosa Betanzo, María Estela Ríos González, Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf, Giovanni Azael Figueroa Mejía, Arístides Rodrigo Guerrero García, quien formuló voto concurrente y Presidente Hugo Aguilar Ortiz, quien formuló voto concurrente y se separó de las consideraciones contenidas en esta tesis. Disidente: Lenia Batres Guadarrama, quien formuló voto particular. Ponente: Yasmín Esquivel Mossa. Secretario: Luis Alberto Trejo Osornio. El Comité de Revisión, Aprobación y Numeración de Tesis, en sesión de diecinueve de junio de dos mil veintiséis, y las personas Ministras que integran el Pleno de este Tribunal, aprobaron, con el número 157/2026 (12a.), la tesis jurisprudencial que antecede. Ciudad de México a dos de julio de dos mil veintiséis.