I.3o.T.16 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
PREFERENCIA DE DERECHOS, LAS DEMANDAS LABORALES ANTERIORES NO HACEN LAS VECES DE SOLICITUD.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Febrero de 1996; Pág. 461
Quien acude a un juicio laboral para demandar el otorgamiento de una plaza por derechos preferentes, debe demostrar haber formulado la solicitud que exige el artículo
155 de la Ley Federal del Trabajo
; sin que puedan hacer las veces de tal solicitud las diversas demandas laborales en las que con anterioridad se haya reclamado una plaza, dado que dichas demandas no contienen los datos que al efecto señala el precepto legal citado.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 7823/95. Salvador Belendez Rivera. 11 de octubre de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: J. Refugio Gallegos Baeza. Secretario: Benjamín Soto Sánchez.