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VII.P.6 KTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común

SUSPENSION EN AMPARO DIRECTO. CASO EN EL QUE NO PROCEDE EXIGIR FIANZA PARA EL OTORGAMIENTO DE LA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Octubre de 1995; Pág. 639

Precedentes

Queja 20/95. Ismael Barcelón Maicas. 14 de septiembre de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: El secretario de acuerdos en funciones de magistrado por autorización del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, Tomás Sánchez Angeles. Secretario: Lucio Marín Rodríguez.