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I.6o.C.4 KTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común

ACTO RECLAMADO EN EL AMPARO. CUANDO EN LA ACLARACION DEL, EXIGIDA A LA IMPETRANTE, ESTA SEÑALA OTROS DE MATERIAS DIVERSAS, ADEMAS DE LA ESPECIALIZADA DEL JUZGADOR FEDERAL, ELLO NO DA LUGAR A NO TENER POR DESAHOGADA LA PREVENCION O, A CONSIDERAR POR NO INTERPUESTA LA DEMANDA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Agosto de 1995; Pág. 450

Precedentes

Amparo en revisión 1126/95. Sindicato Unico de Trabajadores de Autotransportes Urbanos de Pasajeros Ruta-100 y de sus agremiados, a través de su secretario general, Venancio Felipe Gil Sánchez. 12 de julio de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Ana María Y. Ulloa de Rebollo. Secretaria: Ana María Nava Ortega.