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XXI.2o.2 PTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal

ORDEN DE APREHENSION. ANTE LA IMPRECISA IDENTIFICACION DEL INDICIADO EN LA MISMA, Y ESTANDO DEMOSTRADO EN AUTOS LA EXISTENCIA DE HOMOLOGIA, A EFECTO DE ACREDITAR EL QUEJOSO SU INTERES JURIDICO DEBE PROBAR PLENAMENTE QUE ES LA PERSONA EN CONTRA DE QUIEN SE LIBRO LA ORDEN DE CAPTURA O QUE SIN SERLO CON MOTIVO DE LA MISMA SE LE PRETENDE APREHENDER.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Agosto de 1995; Pág. 571

Precedentes

Amparo en revisión 189/95. Daniel Ruiz Hernández. 15 de junio de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: María Eliza Zúñiga Alcalá. Secretario: José Martínez Guzmán. Nota: Por ejecutoria del 30 de noviembre de 2020, el Pleno del Vigésimo Primer Circuito declaró inexistente la contradicción de tesis 8/2019, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis.

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