Artículo 4 de la LEY Federal de Correduría Pública
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para los fines de esta ley, México se divide en "plazas": una por cada estado y otra por la Ciudad de México. Esto significa que hay 32 plazas en total, una para cada entidad federativa, y son como las zonas donde los corredores públicos pueden trabajar.
Texto oficial
ARTICULO 4o.- Para efectos de la presente ley, el territorio nacional se divide en plazas: una por cada estado y otra por el Distrito Federal. LEY FEDERAL DE CORREDURÍA PÚBLICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 09-04-2012 2 de 13
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