Artículo 143 del ESTATUTO de Gobierno del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los tribunales de la Ciudad de México (antes Distrito Federal) tienen la autoridad para resolver juicios civiles, peleas legales entre personas, penales, delitos o crímenes, y administrativos, conflictos con el gobierno, siempre que tengan que ver con propiedades o recursos que pertenezcan al gobierno de la ciudad o a sus ciudadanos. Esto aplica tanto para bienes públicos, como calles o parques, como para bienes privados del gobierno, como edificios o terrenos. En resumen, si un problema legal involucra algo que es del gobierno de la Ciudad de México, estos tribunales son los que lo atienden.
Texto oficial
ARTÍCULO 143.- Los Tribunales del Distrito Federal, de acuerdo con su competencia, conocerán de los juicios civiles, penales y administrativos que se relacionen con bienes del dominio público o privado del Distrito Federal. Artículo adicionado DOF 04-12-1997
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.