Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 3 del ESTATUTO de Gobierno del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Distrito Federal, que ahora se llama Ciudad de México, tiene el mismo territorio que siempre ha tenido. Sus límites son los que marcaron unos decretos del Congreso de la Unión de 1898 y unos acuerdos que aprobó el Poder Legislativo Federal. La ley que organiza el gobierno de la ciudad debe venir con una descripción detallada de dónde empieza y dónde termina ese territorio. En otras palabras, la Ciudad de México no ha crecido ni cambiado sus fronteras desde finales del siglo XIX.

Texto oficial

ARTÍCULO 3o.- El Distrito Federal se compone del territorio que actualmente tiene. Sus límites geográficos son los fijados por los decretos del 15 y 17 de diciembre de 1898 expedidos por el Congreso de la Unión así como por los convenios amistosos aprobados por el Poder Legislativo Federal de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución. La ley que regule la Administración Pública del Distrito Federal contendrá la descripción de los límites del Distrito Federal. Artículo reformado DOF 04-12-1997

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.