Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/10_270614/95
Ley
ESTATUTO de Gobierno del Distrito Federal
Artículo
95

Artículo 95 del ESTATUTO de Gobierno del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 95 dice que las autoridades fiscales de la Ciudad de México (antes Distrito Federal) son las encargadas de cobrar, revisar, calcular y administrar los impuestos y otros ingresos que menciona el artículo anterior. Esto significa que ellos deciden cómo se hace todo el proceso, desde que tú pagas hasta que se aseguran de que esté correcto, pero siempre siguiendo lo que marca la ley. En otras palabras, el gobierno de la Ciudad es el que se encarga de manejar tus impuestos.

Texto oficial

ARTÍCULO 95.- La recaudación, comprobación, determinación y administración de las contribuciones y demás ingresos a que se refiere el artículo anterior, quedará a cargo de las autoridades fiscales del Distrito Federal en los términos que determine la ley.

Ver texto oficial del ESTATUTO de Gobierno del Distrito Federal (pág. 32) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 95 del ESTATUTO de Gobierno del Distrito Federal, explicado | Precedente Legal