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Artículo 11 de la LEY Federal del Mar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno federal de México tiene que vigilar que los tratos por mar con otros países se hagan con base en la "reciprocidad internacional", que es un acuerdo donde ambos países se dan el mismo trato. Eso aplica tanto en las aguas mexicanas como en las de los otros países, para cualquier actividad que ellos o sus ciudadanos realicen, siempre y cuando sigan las reglas del derecho internacional. En pocas palabras, si otro país nos da cierto trato en el mar, nosotros le damos el mismo trato de regreso.

Texto oficial

ARTICULO 11.- El Poder Ejecutivo Federal se asegurará de que las relaciones marítimas con otros Estados se lleven a cabo bajo el principio de la reciprocidad internacional, mismo que aplicará tanto en cuanto a las zonas marinas mexicanas como a las establecidas por esos Estados, respecto a cualquier actividad realizada por ellos o por sus nacionales con estricto apego al derecho internacional.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.