- Ley
- LEY Federal del Mar
- Artículo
- 12
Artículo 12 de la LEY Federal del Mar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que México solo va a aceptar los límites marinos que otros países pongan en el océano, como su mar territorial o zona económica, si se cumplen dos condiciones: primero, que esos límites sigan las reglas del derecho internacional (los acuerdos entre países), y segundo, que esos países también reconozcan los límites que México pone. En otras palabras, México no va a aprobar los límites de otros si ellos no respetan los de México. Es como un trato parejo entre naciones.
Texto oficial
ARTICULO 12.- El reconocimiento de la Nación a los actos de delimitación de las zonas marinas de otros Estados, se hará con estricto apego a las normas del derecho internacional y con base en la reciprocidad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.