Artículo 16 de la LEY Federal del Mar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno de México es el único que puede construir o dar permiso para construir islas artificiales, instalaciones o estructuras en el mar que pertenece al país. También puede poner las reglas para usarlas y operarlas. Todo esto lo hace siguiendo lo que dicen varias leyes, como la Ley General de Bienes Nacionales y la Ley de Obras Públicas. En pocas palabras, nadie más que el gobierno puede decidir sobre lo que se construye en el mar mexicano, a menos que él lo autorice.
Texto oficial
ARTICULO 16.- La Nación tiene derecho exclusivo en las zonas marinas mexicanas, de construir, así como el de autorizar y reglamentar la construcción, operación y utilización de islas artificiales, de instalaciones y estructuras, de conformidad con la presente Ley, la Ley General de Bienes Nacionales, la Ley de Obras Públicas y demás disposiciones aplicables en vigor.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.