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Ley
LEY Federal del Mar
Artículo
19

Artículo 19 de la LEY Federal del Mar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que todo lo relacionado con sacar y usar petróleo, gas o minerales del fondo del mar en zonas mexicanas se tiene que hacer siguiendo unas leyes especiales. Esas leyes son las que explican cómo funciona lo del petróleo y la minería según la Constitución, además de sus reglamentos. También aplican las reglas de esta misma ley que estás leyendo. En pocas palabras, el gobierno ya tiene normas específicas para controlar estas actividades en el mar.

Texto oficial

ARTICULO 19.- La exploración, explotación, beneficio, aprovechamiento, refinación, transportación, almacenamiento, distribución y venta de los hidrocarburos y minerales submarinos, en las zonas marinas mexicanas, se rige por las Leyes Reglamentarias del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo y en Materia Minera y sus respectivos Reglamentos, así como por las disposiciones aplicables de la presente Ley.

Ver texto oficial de la LEY Federal del Mar (pág. 3) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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