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Ley
LEY Federal de Deuda Pública
Artículo
21

Artículo 21 de la LEY Federal de Deuda Pública

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Hacienda no va a prestar dinero a los gobiernos estatales o municipales si los proyectos que quieren hacer con ese dinero no están en los planes y presupuestos que ya fueron aprobados. Además, la cantidad que presten debe estar de acuerdo con lo que cada entidad pueda pagar, y Hacienda es quien decide cómo medir esa capacidad de pago.

Texto oficial

ARTICULO 21.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público se abstendrá de autorizar financiamientos a favor de las entidades a que se refiere este capítulo, cuando los programas de actividades, apoyados total o parcialmente con dichos financiamientos, no estén comprendidos en los planes y presupuestos aprobados. Los financiamientos deberán ser acordes con la capacidad de pago de las entidades, la cual se estimará conforme a los criterios que establezca en forma general o particular la citada Secretaría.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Deuda Pública (pág. 6) ↗

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