Artículo 8 de la LEY Federal de Deuda Pública
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Hacienda solo puede pedir prestado o autorizar deudas si esos préstamos ya están incluidos en el plan financiero que se hizo según las reglas de este capítulo III, y también en el plan general de deuda. Esto significa que no pueden inventarse préstamos por fuera de lo que ya se tiene presupuestado. Piénsalo como si alguien no pudiera gastar más de lo que ya acordó en su presupuesto mensual.
Texto oficial
ARTICULO 8o.- Los financiamientos que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público contrate o autorice deberán estar comprendidos en el programa financiero elaborado en los términos del capítulo III de esta ley y en el programa general de deuda. CAPITULO III De la Programación de la Deuda Pública
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.